(DIRESA AMAZONAS) . - Que, la ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece dentro de sus Objetivos funcionales la conducción y planeamiento estratégico sectorial de Salud; la protección y recuperación de la Salud y la rehabilitación de las capacidades de las personas en condiciones de equidad y plena accesibilidad; asimismo e articulo 2º del mismo cuerpo legal, establece que la Salud de todas las personas del país será expresión de un sustantivo desarrollo socio económico a los servicios de Salud , basados en el establecimiento de mecanismos equitativos de accesibilidad a los servicios de Salud, mediante un sistema Nacional coordinado y descentralizado de Salud y desarrollando una política Nacional de Salud que recoja e integre los aportes de la Medicina tradicional y de las diversas manifestaciones culturales de nuestra población. Con tal motivo mediante Resolución Ministerial se aprobó lo siguiente: Aprobar el Plan de fortalecimiento de la presencia del estado y el Ministerio de Salud en comunidades de Menor desarrollo Social y zonas de frontera teniendo como zonas pilotos las provincias de Condorcanqui y la provincia de Luya. |